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Protocolo de Madrid

12 Jun 13 - 13:42

Despacho de Consultoría Legal García y Martínez

Abogados Marca Internacional en México

 
El Protocolo de Madrid es un instrumento internacional que ofrece a los propietarios de una marca la posibilidad de protegerla en varios países u organizaciones intergubernamentales mediante la presentación de una solicitud de marca única, directamente con su oficina de origen, en el caso de México es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), en un solo idioma y con un conjunto de tasas en una misma moneda. Cada país se reserva el derecho a determinar si concede o niega la protección de dicha marca de conformidad con su legislación interna.

El Sistema de Madrid
 se conforma por las partes contratantes que pertenecen al Arreglo (56 Miembros o Estados), y aquéllas que pertenecen al Protocolo de Madrid (88). Cabe señalar que de las partes contratantes del Arreglo sólo Argelia no pertenece al Protocolo de Madrid.

No puede utilizarse el sistema de Protocolo de Madrid para proteger una marca en países que no son miembros de la Unión de Madrid.

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), es el organismo de administra los acuerdos internacionales en materia de propiedad intelectual, como lo es el Protocolo de Madrid, entre otros.
 
En el proceso de un registro internacional de marca intervienen tres actores principales, que son:

1. La Oficina de Origen (de la marca de base).

2. La Oficina Internacional.

3. Las Oficinas Nacionales designadas en la solicitud.

México, así como cada una de las partes firmantes del Protocolo de Madrid, puede desempeñar dos papeles: a) como Oficina  de Origen (OO) y b) como Oficina Designada (OD). Además de éstas siempre estará presente la 
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPIcomo Oficina Internacional.

 


 

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